Facturación electrónica
El proceso de incorporación de la factura electrónica, su gestión y tramitación telemática está en línea con la "Agenda Digital para Europa", una de las iniciativas que la Comisión Europea está impulsando en el marco de la estrategia "Europa 2020". Este instrumento reforzará las relaciones de los proveedores con las Administraciones Públicas y favorecerá un mejor control contable de las facturas recibidas por la Administración, lo que permitirá, a su vez, un mejor control del gasto público y del déficit, a la vez que se dota a la Administración de un elemento clave para la eficacia y eficiencia en sus operaciones económicas.
En esta página se pondrá a disposición de todos los interesados la información relacionada con la factura electrónica.
Normativa nacional y autonómica
- Regulación nacional
- Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo (enlace externo), por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
- Preguntas frecuentes sobre la Ley 25/2013 (enlace externo), de impulso de la Factura Electrónica y creación del registro contable en el Sector Público
- Ley 25/2013, de 27 de diciembre (enlace externo), de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
Acceso Factura Electrónica
VERI*FACTU
La AEAT pone a disposición de los contribuyentes una aplicación gratuita de facturación, accesible desde la Sede de la AEAT. Este formulario permite a los contribuyentes generar facturas electrónicas y enviar los registros de facturación directamente a la AEAT, cumpliendo con el reglamento de VERI*FACTU, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, que regula los requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación.
- Acceso a la web de la aplicación VERI*FACTU (enlace externo)
- Manual de la aplicación gratuita de la AEAT (enlace externo)
Nota Informativa : Ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación:
De acuerdo con la modificación introducida por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, se amplía el plazo que tienen los obligados tributarios para adaptar sus sistemas informáticos de facturación (SIF) a los requisitos del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (RRSIF).
En base a los nuevos plazos aprobados, las entidades que presenten el Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados sus SIF antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios, antes del 1 de julio de 2027.
El periodo previo a las respectivas fechas es un periodo de pruebas, durante el cual se podrá dejar de remitir registros de prueba con un SIF modalidad VERI*FACTU y utilizar para facturar otros SIF, hasta la fecha límite para tener adaptados los sistemas a los requisitos establecidos en el RRSIF.
Preguntas frecuentes
- Códigos DIR y Facturae: contralbarán, nº factura, serie, etc (PDF 849.33KB 25-05-2026)