VERI*FACTU - Sistema Informático de Facturación de la Agencia Tributaria

Escrito por RAFAEL RODRIGUEZ el 13 feb. 2026
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El objeto de esta aplicación es regular cómo deben funcionar los sistemas informáticos de facturación (SIF) para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas.
VERI*FACTU  -  Sistema Informático de Facturación de la Agencia Tributaria

 

       1. Cambios en los Sistemas Informáticos de Facturación.

     Con el objetivo de impulsar la digitalización de empresas y autónomos y reducir el fraude fiscal, los sistemas informáticos de facturación deberán:

  • Generar registros de facturación en un formato seguro y normalizado.
  • Incluir un código QR en factura y tique.
  • Permitir la remisión a la Agencia Tributaria de los registros de facturación, manteniéndolos inalterados.

 

       2. ¿Existe obligación a cambiar mi sistema de facturación? 

      En general, las empresas y autónomos que utilicen sistemas informáticos de facturación, con domicilio fiscal en España* deberán modificarlos, salvo que ya cumplan los requisitos antes señalados.

*En caso de domicilio fiscal en País Vasco y Navarra estarán sometidos a la normativa foral. En particular, quien ya utiliza el SII (Suministro Inmediato de Informacion) no estar· obligado a cambiar su sistema.

 

       3. ¿Cuando será obligatorio adaptar los sistemas de facturación?

  •   Antes del 1 de enero de 2027 para los obligados tributarios contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  •   Antes del 1 de julio de 2027 para las demás empresas y autónomos que utilicen sistemas informáticos de facturación.   

 

       4 . Modalidades de sistemas informáticos de facturación.

  • VERI*FACTU: es la modalidad que remite de forma automática a la Agencia Tributaria los registros de facturación generados, permitiendo que los clientes puedan verificar sus facturas y tiques. También permitirá acceder a otros servicios de asistencia tributaria.
  • NO VERI*FACTU: no realizan esa remisión, ni permiten la verificación, y tienen que asegurar que sus registros de facturación permanecen inalterados.

     Elegir una de estas modalidades es voluntario para el contribuyente.

 

       5. Soy pequeña empresa o microempresa que utilizo un sistema informático para emitir mis facturas. ¿Qué debo hacer para cumplir la nueva normativa?  

     Podrá emitir las facturas utilizando la aplicación informática gratuita -modalidad VERI*FACTU-, que la Agencia Tributaria pondrá a su disposición en su Sede electrónica, www.sede.agenciatributaria.gob.es.

     También podrá modificar su sistema para cumplir con los nuevos requisitos, o adquirir uno ya adaptado.

 

     6. ¿Qué ventajas tiene VERI*FACTU?

  • Más seguridad
  • Menos requisitos técnicos para el sistema informático de facturación.
  • Más confiable ante los clientes, que pueden verificar sus facturas y tiques en la Agencia Tributaria mediante una app que lee el QR que incluyen.
  • Permite descargar sus facturas y las de sus proveedores cuando usen VERI*FACTU.
  • Facilita la asistencia por parte de la Agencia Tributaria para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, al disponer ésta de mayor informacion fiscal.
  • Para pequeñas empresas y autónomos, será posible el uso de la aplicación informática gratuita modalidad VERI*FACTU, en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

 

 

 

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